Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes para propietarios

Necesitamos una copia de la escritura del inmueble, certificado de libertad y tradición, cédula del propietario, y una descripción detallada del inmueble. También agendaremos una visita para verificar y tomar fotografías profesionales.

No, la promoción de tu inmueble no tiene ningún costo adicional. Nos encargamos de publicar y difundir tu propiedad en los principales canales de venta y arriendo sin que tengas que pagar por ello. Solo cobramos una comisión cuando te proporcionamos un cliente y se concreta la venta o el arriendo, garantizando que nuestro servicio es 100% basado en resultados.

En Colombia, la venta de un inmueble conlleva varios costos y obligaciones legales que tanto el comprador como el vendedor deben asumir.

Costos a Cargo del Vendedor

  • Impuesto de Retención en la Fuente (Retefuente) Corresponde al 1% sobre el valor de la venta del inmueble.
  •  50% de los gastos de escrituración que  corresponde al 0,27% del valor total de venta.

Costos a Cargo del comprador

  • Impuesto de registro el cual varia entre 1,67% y 2%* del valor del inmueble. *Los valores pueden variar de acuerdo al departamento por atribución de cada Asamblea Departamental.
  •  50% de los gastos de escrituración que  corresponde al 0,27% del valor total de venta.
  • En caso de constituir hipoteca al momento de compra, el porcentaje a pagar es del 0,63% (aproximadamente) y lo asume el comprador.

Sí, es posible vender un inmueble que tenga una deuda pendiente, como un crédito hipotecario o una afectación legal, pero es importante pagar anticipadamente la deuda con los recursos del comprador es decir, se puede acordar con el comprador que una parte del pago se destine directamente a la entidad financiera para cancelar la deuda. Una vez saldada la deuda, el banco levanta la hipoteca y se puede proceder con la firma de la escritura a nombre del nuevo propietario, de lo contrario no es posible ejecutar la venta del inmueble.

  • Una vez saldada, el banco levanta la hipoteca y se puede proceder con la firma de la escritura a nombre del nuevo propietario.

El porcentaje de comisión por la venta de tu inmueble es el 3% del valor final de la venta, los servicios que incluyen son:

  • Valoración y análisis de mercado para definir un precio competitivo.
  • Programación y gestión de citas con compradores potenciales.
  • Atención y acompañamiento en las visitas al inmueble.
  • Asesoría en la negociación del precio y condiciones de pago.
  • Firma de promesa de compraventa y acompañamiento en la firma de la escritura.
  • Verificación jurídica del inmueble (escritura, certificado de libertad y tradición, impuestos, entre otros).
  • Elaboración y revisión de contratos de promesa de compraventa.
  • Coordinación del proceso de escrituración ante la notaría.
  • Entrega formal del inmueble al comprador y verificación de condiciones finales.
 Importante: No cobramos ningún valor por adelantado. La comisión solo se paga si logramos vender tu propiedad.

Preguntas frecuentes para compradores

Te ayudamos a verificar la escritura pública, certificado de libertad y tradición, y cualquier deuda o hipoteca pendiente.

Sí, te asesoramos durante todo el proceso de crédito hipotecario para encontrar la mejor opción según tus necesidades.

Sí, en nuestro portafolio de venta contamos con una amplia variedad de inmuebles usados y nuevos (sobre planos). Ofrecemos opciones que se ajustan a diferentes necesidades y presupuestos, ya sea para vivienda, inversión o proyectos comerciales.

En Colombia, la venta de un inmueble conlleva varios costos y obligaciones legales que tanto el comprador como el vendedor deben asumir.

Costos a Cargo del comprador

  • Impuesto de registro el cual varia entre 1,67% y 2%* del valor del inmueble. *Los valores pueden variar de acuerdo al departamento por atribución de cada Asamblea Departamental.
  •  50% de los gastos de escrituración (el otro 50% lo asume el vendedor) que  corresponde al 0,27% del valor total de venta.
  • En caso de constituir hipoteca al momento de compra, el porcentaje a pagar es del 0,63% (aproximadamente) y lo asume el comprador.

Costos a Cargo del Vendedor

  • Impuesto de Retención en la Fuente (Retefuente) Corresponde al 1% sobre el valor de la venta del inmueble.
  •  50% de los gastos de escrituración que  corresponde al 0,27% del valor total de venta.

El proceso de compra comienza con la selección del inmueble y la negociación de las condiciones de venta. Una vez ambas partes llegan a un acuerdo, se firma la promesa de compraventa, un documento legal que formaliza el compromiso entre comprador y vendedor.

En la promesa de compraventa se establecen aspectos clave como el precio, forma de pago, fechas de entrega y condiciones específicas de la transacción. Este documento garantiza la seguridad del negocio y sirve como base para la posterior firma de la escritura pública ante notaría.

Si necesitas asesoría en este proceso, te acompañamos en cada etapa para asegurar una compra transparente y sin riesgos.

No es obligatorio estar físicamente en la notaría para firmar la promesa de compraventa, ya que este documento puede firmarse de manera electrónica con plena validez legal en Colombia.

La firma electrónica es una alternativa segura y válida, siempre que se realice a través de una plataforma certificada y cumpla con los requisitos legales establecidos. Sin embargo, para la firma de la escritura pública, en la mayoría de los casos sí se requiere la presencia física del comprador y vendedor en la notaría, a menos que se utilice un poder autenticado para delegar la firma.

Durante el proceso te guiamos en todo el proceso de firma electrónica y con validez jurídica. 

La promesa de compraventa es un documento legalmente vinculante, por lo que si alguna de las partes incumple con lo pactado, se aplicarán las consecuencias establecidas en el contrato.

En la mayoría de los casos, la promesa de compraventa incluye una cláusula penal o tambien conocidas como arras que determina una sanción económica en caso de incumplimiento. Esto significa que:

🔹 Si el comprador incumple, puede perder la suma entregada como arras o anticipo.
🔹 Si el vendedor incumple, deberá devolver el dinero recibido y, en algunos casos, pagar una indemnización al comprador.

Si el incumplimiento persiste, la parte afectada puede recurrir a acciones legales para exigir el cumplimiento del contrato o solicitar una indemnización por los perjuicios ocasionados.

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